El despido objetivo por causas económicas | Guía 2024

¿Te preocupa el despido por causas económicas? Descubre en este artículo todo lo que necesitas saber sobre el despido objetivo, sus causas y cómo protegerte legalmente. Desde los procedimientos legales hasta la indemnización que te corresponde, aquí encontrarás una guía completa y detallada.

¿Qué es el despido objetivo por causas económicas?

El despido objetivo por causas económicas es una modalidad de despido regulada por el Estatuto de los Trabajadores, específicamente en los artículos 52 y 53. Este tipo de despido no se basa en un incumplimiento contractual grave por parte del trabajador, sino en circunstancias que afectan a la empresa, como pérdidas económicas o una disminución persistente en sus ingresos.

¿Cuáles son estas causas económicas?

Las causas económicas están contempladas en el artículo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores, y permiten el despido objetivo siempre que no se trate de un despido colectivo, es decir, que el número de trabajadores despedidos sea inferior a:

  • 10 trabajadores en empresas con menos de 100 empleados.
  • El 10% del total de trabajadores en empresas con entre 100 y 300 empleados.
  • 30 trabajadores en empresas con más de 300 empleados.

Según el artículo 51.1 del Estatuto de los Trabajadores, se consideran causas económicas si los resultados de la empresa evidencian una situación económica negativa, como pérdidas actuales o previstas, o una disminución persistente en el nivel de ingresos ordinarios o ventas. Se entenderá que la disminución es persistente si durante tres trimestres consecutivos los ingresos o ventas de cada trimestre son inferiores a los del mismo trimestre del año anterior.

Procedimiento para realizar un despido por causas económicas

El despido por causas económicas debe seguir un procedimiento específico establecido en el artículo 53.1 del Estatuto de los Trabajadores. Este proceso incluye varios pasos clave para asegurar la legalidad y transparencia del despido.

Notificación por escrito

El despido debe ser notificado por escrito al trabajador, especificando claramente la causa económica que motiva el despido. Esta comunicación debe incluir detalles concretos que justifiquen la decisión empresarial.

Indemnización

El trabajador tiene derecho a una indemnización de 20 días de salario por cada año de servicio, prorrateándose por meses los periodos inferiores al año, con un tope de 12 mensualidades. Si la empresa no puede pagar la indemnización debido a su situación económica, debe indicarlo en la comunicación escrita, aunque el trabajador podrá exigir su abono una vez que el despido sea efectivo.

Preaviso de 15 días

Es necesario dar un preaviso mínimo de 15 días entre la notificación del despido y la extinción del contrato. Durante este periodo, el trabajador tiene derecho a 6 horas semanales retribuidas para buscar un nuevo empleo. Una copia del escrito de preaviso debe ser entregada a los representantes legales de los trabajadores.

Representación legal

El trabajador puede solicitar la presencia de un representante legal en el momento de firmar el finiquito, conforme al artículo 49.2 del Estatuto de los Trabajadores. Si el empresario impide la presencia del representante, el trabajador puede hacerlo constar en el documento.

¿Cómo justificar las causas económicas del despido?

Para acreditar la disminución de ingresos o la existencia de pérdidas, la empresa debe presentar documentación contable que demuestre la situación económica negativa. Según el artículo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores, esta justificación puede incluir:

  • Pérdidas actuales: documentos financieros que muestren pérdidas en los resultados de la empresa.
  • Pérdidas previstas: proyecciones financieras que indiquen pérdidas futuras.
  • Disminución de ingresos: registros contables que muestren una disminución persistente de los ingresos ordinarios o ventas durante al menos tres trimestres consecutivos, comparados con los mismos trimestres del año anterior.

Es crucial que la empresa documente adecuadamente su situación económica, ya que en caso de impugnación del despido, el Juez de lo Social requerirá estas pruebas para determinar la validez del despido.

Indemnización por despido objetivo por causas económicas

La indemnización por despido objetivo por causas económicas es de 20 días de salario por cada año de servicio en la empresa, con un máximo de 12 mensualidades. Este cálculo se realiza prorrateando por meses los periodos inferiores al año.

Ejemplo de cálculo de indemnización

Supongamos que un empleado ha trabajado en una empresa durante 5 años y su salario mensual es de 1.500 euros. La indemnización se calcularía de la siguiente manera:

  • Años de servicio: 5 años
  • Días de indemnización: 5 años x 20 días/año = 100 días
  • Salario diario: 1.500 euros / 30 días = 50 euros/día
  • Indemnización total: 100 días x 50 euros/día = 5.000 euros

En este ejemplo, el trabajador recibiría una indemnización de 5.000 euros.

Impugnación del despido por causas económicas

Si el trabajador no está de acuerdo con el despido, tiene el derecho de impugnarlo en un plazo de 20 días hábiles desde la fecha en que el despido se hace efectivo. El proceso de impugnación incluye varios pasos:

Papeleta de conciliación laboral

El primer paso es presentar una papeleta de conciliación laboral para intentar llegar a un acuerdo con la empresa. Esta conciliación es un trámite previo obligatorio antes de poder presentar una demanda judicial.

Demanda ante el Juzgado de lo Social

Si no se alcanza un acuerdo en la conciliación, el trabajador puede presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social. En el juicio, la empresa deberá demostrar las causas económicas que justifican el despido.

Resolución judicial

El Juez de lo Social puede declarar el despido procedente o improcedente:

  • Despido procedente: si la empresa logra demostrar las causas económicas, el despido se considerará procedente y el trabajador solo tendrá derecho a la indemnización inicial.
  • Despido improcedente: si la empresa no puede demostrar las causas económicas, el despido se declarará improcedente. En este caso, el empresario deberá optar entre readmitir al trabajador o indemnizarlo con 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.

¿Cómo encontrar un abogado para un despido objetivo por causas económicas?

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